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LEGISLACIÓN INTERNACIONAL SOBRE SAP.


 

Pedimos la custodia compartida de los hijos de forma automática sin que se tenga que recurrir a un tribunal para pedir visitas, por que la ley es claramente discriminatoria. Pero para que la custodia compartida se pueda llevar a cabo a efectos prácticos deben acabarse y sancionar el SAP, o si quieren lo pueden llamar en vez de SAP, Secuestro Emocional, Campaña de denigración, o como sea y sobre todo SANCIONAR COMO OCURRE EN OTROS PAISES SANCIONAR FUERTEMENTE LAS FALSAS DENUNCIAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA Y FALSAS DENUNCIAS DE ABUSO.
UNA MADRE QUE HACE UNA DENUNCIA FALSA MATA JUDICIALMENTE AL PADRE Y EMOCIONALMENTE A SUS HIJOS EN LO QUE EN EL MUNDO ANGLOSAJÓN SE LLAMA BALA DE PLATA SIN TENER EN CHILE NINGUNA CONSECUENCIA EN CONTRA.

 

EN ESPAÑA LAS DENUNCIAS FALSAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA EN CASOS DE SEPARACIÓN O DIVORCIO SON DEL 60%.
(Fuente diario EL PAIS)


EN ESTADOS UNIDOS EN 1996 EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS APROBO EL ACTA DE PREVENCIÓN INFANTIL YA QUE EL 50% DE LAS DENUNCIAS DE ABUSO EN LOS CASO DE SEPARACIÓN O DIVORCIO CONFLICTIVO ERAN FALSAS, ALCANZANDO LA CIFRA DE 2 MILLONES DE DENUNCIAS FALSAS, FRENTE AL MILLÓN QUE ERAN REALES.

 

ESTO TIENE UN COSTO ECONOMICO Y SOCIAL , SICOLÓGICO, PARA EL PAIS TREMENDO, PARA LOS PADRES, LOS NIÑOS, RECURSOS MAL EMPLEADOS, FUTUROS DELICUENTES, ETC.

 

 

El Síndrome de Alienación Parental EXISTE Y ESTA no solo esta reconocido internacionalmente tanto médica como legalmente como una grave forma de maltrato si no que además esta fuertemente sancionado para aquellas madres o en su caso padres que lo ejercen sobre sus hijos en la comunidad internacional.

 

1-El Ilmo. Colegio de Médicos de Madrid reconoce el SAP.

 

2-La Asociación Americana de Psicólogos Forenses reconoce el SAP.

 

3-En EEUU se recomienda a la madres o padres que inducen el SAP a sus hijos a condenas de 6 meses de cárcel. Es una recomendación general ya que es un Estado Federal y cada Estado hace variaciones a las leyes.

 

4-El código penal del estado de California estipula que "Toda persona que guarda, aleja, detiene, sustrae o esconde un hijo, y con intención maliciosa priva al que tiene la tenencia legal del ejercicio de su derecho de tenencia, o priva a una persona de su derecho de visita, será castigado con encarcelamiento de un máximo de un año, una multa de un máximo de 1000 dólares o ambas..."

 

5-En Pensilvanía este comportamiento está sujeto a una pena de 6 meses con remisión
condicional, a una multa de 500 dólares y a la suspensión o supresión del carné de conducir, la primera vez .

 

6-El Estado de Ohio, en EEUU, tiene una ley especifica de Alienación Parental, recomendando incluso el cambio de custodia del menor.

 

7-El código civil Alemán también sanciona que un progenitor impida las visitas del otro.

 

8-El Tribunal Europeo de Derechos Humanos también ha reconocido el SAP sancionando a varios Estados Miembros con fuertes indemnizaciones económicas.

 

9-En Argentina, el artículo 1 de la ley 24.270 establece la pena de prisión de un mes a un año a aquel que resultare autor (ya sea el progenitor conviviente con el menor. como asimismo el tercero) de la obstrucción o impedimento del contacto con el menor del padre no conviviente.
El articulo 3 de dicha ley dispone que el tribunal deberá.
1) Disponer en un plazo no mayor de diez días, los medios necesarios para restablecer el contacto del menor con sus padres.
2)Determinará, de ser procedente, un régimen de visitas provisorio por un termino no superior a tres meses o, de existir, hará cumplir el establecido.
En todos los casos el tribunal deberá remitir los antecedentes a la justicia civil.

 

10-En España varios tribunales han reconocido el SAP, emitiendo sentencias en los que se obliga a entregar la custodia al padre para terminar con el maltrato que la madre ejercía sobre el menor y el padre del niño.


11-En Chile también ha habido al menos ya un tribunal, en Coquimbo, que ha reconocido específicamente el SAP y por escrito.

 

12- En Italia las madres (o en su caso los padres) que impiden el régimen de visitas entre el menor y el progenitor no custodio son penalizadas con el pago de indemnizaciones económicas a favor tanto del padre como de los propios hijos teniendo que depositar la cantidad decretada por el juez en una cuenta de la que dispondrá el menor al alcanzar la mayoría de edad.

 

13-En Uruguay, el Código de la Niñez y la Adolescencia establece lo siguiente:
Artículo 43 . (Sanción por incumplimiento).- El incumplimiento grave o reiterado del régimen de visitas homologado o fijado judicialmente podrá originar la variación de la tenencia si ello no perjudicara el interés del niño o adolescente, sin perjuicio de las sanciones pecuniarias que fije el Juez a instancia de parte o de oficio, cuyo producido será en beneficio de aquél.
El Juez deberá hacer saber a la parte incumplidora que el desatender las necesidades afectivas de los hijos puede dar lugar a la pérdida de la patria potestad y al delito previsto en el artículo 279 B. del Código Penal .

 

Uno de los casos más llamativos es el de una sentencia de un juez del Estado de Virginia, en EEUU, en el que condeno a 3 años de cárcel a una madre que además de ocultar al niño para que no tuviera contacto con el padre, lo acuso falsamente de abusos.

 

Bibliografía:

 

1- LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL PADRE OBSTACULIZADOR LEY 24.270 (DE ARGENTINA) SINDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL.
AUTORA: Graciela Manonellas. Abogada. Licenciada en Criminología. Especialista en Derecho penal. Master en Derecho Tributario Internacional (Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid). Profesora de la Cátedra de Derecho Penal y Procesal Penal, Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.

 

2-EL SINDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL UNA FORMA DE MALTRATO.
AUTORA: ASUNCIÓN TEJEDOR. LICENCIADA EN PSICOLOGÍA POR LA UNIVERSIDAD DE GRANADA. ES COORDINADORA DE LA COMISIÓN DE SICOLOGÍA JURÍDICA DEL COLEGIO OFICIAL DE SICÓLOGOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (ESPAÑA) DESDE EL AÑO 2001. REALIZA INFORMES PERICIALES PARA EL MINISTERIO DE JUSTICIA DESDE AL AÑO 1994 Y HA PARTICIPADO EN DIVERSOS CONGRESOS DE SICOLOGÍA JURÍDICA.

 

3-S.AP. SINDROME DE ALIENANCIÓN PARENTAL, HIJOS MANIPULADOS POR UN CONYUGE PARA ODIAR AL OTRO.
AUTOR: JOSE MANUEL AGUILAR. Psicólogo, experto en SAP ha colaborado con distintas Instituciones, Administraciones Públicas, Universidades e Institutos de Opinión y empresas, y la práctica clínica forense cuya actividad fundamental se encuentra en la actuación como psicólogo clínico forense, en la atención asistencial a pacientes y en la elaboración de informes periciales para los tribunales de España. En este área José Manuel Aguilar Cuenca es el primer autor en lengua castellana en publicar textos y artículos sobre el Síndrome de Alienación Parental, un mal muy extendido en los tribunales de españoles.
En el año 2006 y una guía para padres que edita el Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid.
Es autor de decenas de artículos divulgativos de psicología, algunos de ellos traducidos al ingles y al ruso, habiendo sido invitado en dos ocasiones por el Tribunal Superior de Justicia de México, para dar conferencias en su sede.

 


 

Un estudio de la Oficina del Censo de los Estados Unidos (1991) permitió constatar que el pago de pensiones alimenticias se cumplía en el 90,2% de los casos cuando la custodia era conjunta, descendía al 79,1% cuando existía régimen de visitas, y apenas llegaba al 44,5% en los casos en que al progenitor no custodio se le impedían el contacto con sus hijos.

 

Otro estudio interesante es el siguiente:

 

Según el U.S.A. Department of Health and Human Services, Administration for Children and Familie, National Center on Child Abuse and Neglect, 1996, en contraste con los hijos que conservan el trato con su padre, los hijos que crecen sin conservar el contacto y relación con su padre, son:

* 5 veces más propensos a cometer suicidio.
* 32 veces más propensos a irse de casa.
* 20 veces más propensos a tener desórdenes de conducta.
* 14 veces más propensos a cometer actos de precocidad y abuso sexual.
* 9 veces más propensos a abandonar los estudios.
* 10 veces más propensos a abusar de substancias químicas y drogas.
* 20 veces más propensos a acabar en prisión.

 

 

 

“Actualmente, la Humanidad necesita líderes como tú: decididos, rápidos y exactos.

Ánimo, te pesa una gran responsabilidad”

–Germán Chávez, Hermano Marista, profesor de Castellano del IAE, 1981

 

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