LEGISLACIÓN INTERNACIONAL SOBRE SAP.

Pedimos la custodia compartida de los hijos de forma
automática sin que se tenga que recurrir a un tribunal para pedir
visitas, por que la ley es claramente discriminatoria. Pero para que la
custodia compartida se pueda llevar a cabo a efectos prácticos deben
acabarse y sancionar el SAP, o si quieren lo pueden llamar en vez de
SAP, Secuestro Emocional, Campaña de denigración, o como sea y sobre
todo SANCIONAR COMO OCURRE EN OTROS PAISES SANCIONAR FUERTEMENTE LAS
FALSAS DENUNCIAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA Y FALSAS DENUNCIAS DE ABUSO.
UNA MADRE QUE HACE UNA DENUNCIA FALSA MATA JUDICIALMENTE AL PADRE Y
EMOCIONALMENTE A SUS HIJOS EN LO QUE EN EL MUNDO ANGLOSAJÓN SE LLAMA BALA
DE PLATA SIN TENER EN CHILE NINGUNA CONSECUENCIA EN CONTRA.
EN ESPAÑA LAS DENUNCIAS FALSAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA
EN CASOS DE SEPARACIÓN O DIVORCIO SON DEL 60%.
(Fuente diario EL PAIS)
EN ESTADOS UNIDOS EN 1996 EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS APROBO EL ACTA
DE PREVENCIÓN INFANTIL YA QUE EL 50% DE LAS DENUNCIAS DE ABUSO EN LOS
CASO DE SEPARACIÓN O DIVORCIO CONFLICTIVO ERAN FALSAS, ALCANZANDO LA
CIFRA DE 2 MILLONES DE DENUNCIAS FALSAS, FRENTE AL MILLÓN QUE ERAN
REALES.
ESTO TIENE UN COSTO ECONOMICO Y SOCIAL , SICOLÓGICO,
PARA EL PAIS TREMENDO, PARA LOS PADRES, LOS NIÑOS, RECURSOS MAL
EMPLEADOS, FUTUROS DELICUENTES, ETC.
El Síndrome de Alienación Parental EXISTE Y ESTA no
solo esta reconocido internacionalmente tanto médica como legalmente como
una grave forma de maltrato si no que además esta fuertemente sancionado
para aquellas madres o en su caso padres que lo ejercen sobre sus hijos en
la comunidad internacional.
1-El Ilmo. Colegio de Médicos de Madrid reconoce el
SAP.
2-La Asociación Americana de Psicólogos Forenses reconoce el
SAP.
3-En EEUU se recomienda a la madres o padres que inducen el SAP a sus
hijos a condenas de 6 meses de cárcel. Es una recomendación general ya
que es un Estado Federal y cada Estado hace variaciones a las leyes.
4-El código penal del estado de California estipula que "Toda
persona que guarda, aleja, detiene, sustrae o esconde un hijo, y con
intención maliciosa priva al que tiene la tenencia legal del ejercicio de
su derecho de tenencia, o priva a una persona de su derecho de visita,
será castigado con encarcelamiento de un máximo de un año, una multa de
un máximo de 1000 dólares o ambas..."
5-En Pensilvanía este comportamiento está sujeto a una pena de 6 meses
con remisión
condicional, a una multa de 500 dólares y a la suspensión o supresión
del carné de conducir, la primera vez .
6-El Estado de Ohio, en EEUU, tiene una ley especifica de Alienación
Parental, recomendando incluso el cambio de custodia del menor.
7-El código civil Alemán también sanciona que un progenitor impida las
visitas del otro.
8-El Tribunal Europeo de Derechos Humanos también ha reconocido el SAP
sancionando a varios Estados Miembros con fuertes indemnizaciones
económicas.
9-En Argentina, el artículo 1 de la ley 24.270 establece la pena de
prisión de un mes a un año a aquel que resultare autor (ya sea el
progenitor conviviente con el menor. como asimismo el tercero) de la
obstrucción o impedimento del contacto con el menor del padre no
conviviente.
El articulo 3 de dicha ley dispone que el tribunal deberá.
1) Disponer en un plazo no mayor de diez días, los medios necesarios para
restablecer el contacto del menor con sus padres.
2)Determinará, de ser procedente, un régimen de visitas provisorio por
un termino no superior a tres meses o, de existir, hará cumplir el
establecido.
En todos los casos el tribunal deberá remitir los antecedentes a la
justicia civil.
10-En España varios tribunales han reconocido el
SAP,
emitiendo sentencias en los que se obliga a entregar la custodia al padre
para terminar con el maltrato que la madre ejercía sobre el menor y el
padre del niño.
11-En Chile también ha habido al menos ya un tribunal, en Coquimbo, que
ha reconocido específicamente el SAP y por escrito.
12- En Italia las madres (o en su caso los padres) que impiden el régimen
de visitas entre el menor y el progenitor no custodio son penalizadas con
el pago de indemnizaciones económicas a favor tanto del padre como de los
propios hijos teniendo que depositar la cantidad decretada por el juez en
una cuenta de la que dispondrá el menor al alcanzar la mayoría de edad.
13-En Uruguay, el Código de la Niñez y la Adolescencia establece lo
siguiente:
Artículo 43 . (Sanción por incumplimiento).- El incumplimiento grave o
reiterado del régimen de visitas homologado o fijado judicialmente podrá
originar la variación de la tenencia si ello no perjudicara el interés
del niño o adolescente, sin perjuicio de las sanciones pecuniarias que
fije el Juez a instancia de parte o de oficio, cuyo producido será en
beneficio de aquél.
El Juez deberá hacer saber a la parte incumplidora que el desatender las
necesidades afectivas de los hijos puede dar lugar a la pérdida de la
patria potestad y al delito previsto en el artículo 279 B. del Código
Penal .
Uno de los casos más llamativos es el de una sentencia
de un juez del Estado de Virginia, en EEUU, en el que condeno a 3 años de
cárcel a una madre que además de ocultar al niño para que no tuviera
contacto con el padre, lo acuso falsamente de abusos.
Bibliografía:
1- LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL PADRE OBSTACULIZADOR
LEY 24.270 (DE ARGENTINA) SINDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL.
AUTORA: Graciela Manonellas. Abogada. Licenciada en Criminología.
Especialista en Derecho penal. Master en Derecho Tributario Internacional
(Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid). Profesora
de la Cátedra de Derecho Penal y Procesal Penal, Facultad de Derecho de
la Universidad de Buenos Aires.
2-EL SINDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL UNA FORMA DE
MALTRATO.
AUTORA: ASUNCIÓN TEJEDOR. LICENCIADA EN PSICOLOGÍA POR LA UNIVERSIDAD DE
GRANADA. ES COORDINADORA DE LA COMISIÓN DE SICOLOGÍA JURÍDICA DEL
COLEGIO OFICIAL DE SICÓLOGOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (ESPAÑA) DESDE
EL AÑO 2001. REALIZA INFORMES PERICIALES PARA EL MINISTERIO DE JUSTICIA
DESDE AL AÑO 1994 Y HA PARTICIPADO EN DIVERSOS CONGRESOS DE SICOLOGÍA
JURÍDICA.
3-S.AP. SINDROME DE ALIENANCIÓN PARENTAL, HIJOS
MANIPULADOS POR UN CONYUGE PARA ODIAR AL OTRO.
AUTOR: JOSE MANUEL AGUILAR. Psicólogo, experto en SAP ha colaborado con
distintas Instituciones, Administraciones Públicas, Universidades e
Institutos de Opinión y empresas, y la práctica clínica forense cuya
actividad fundamental se encuentra en la actuación como psicólogo
clínico forense, en la atención asistencial a pacientes y en la
elaboración de informes periciales para los tribunales de España. En
este área José Manuel Aguilar Cuenca es el primer autor en lengua
castellana en publicar textos y artículos sobre el Síndrome de
Alienación Parental, un mal muy extendido en los tribunales de
españoles.
En el año 2006 y una guía para padres que edita el Defensor del Menor de
la Comunidad de Madrid.
Es autor de decenas de artículos divulgativos de psicología, algunos de
ellos traducidos al ingles y al ruso, habiendo sido invitado en dos
ocasiones por el Tribunal Superior de Justicia de México, para dar
conferencias en su sede.
Un estudio de la Oficina del Censo de los Estados
Unidos (1991) permitió constatar que el pago de pensiones alimenticias se
cumplía en el 90,2% de los casos cuando la custodia era conjunta,
descendía al 79,1% cuando existía régimen de visitas, y apenas llegaba
al 44,5% en los casos en que al progenitor no custodio se le impedían el
contacto con sus hijos.
Otro estudio interesante es el siguiente:
Según el U.S.A. Department of Health and Human
Services, Administration for Children and Familie, National Center on
Child Abuse and Neglect, 1996, en contraste con los hijos que conservan el
trato con su padre, los hijos que crecen sin conservar el contacto y
relación con su padre, son:
* 5 veces más propensos a cometer suicidio.
* 32 veces más propensos a irse de casa.
* 20 veces más propensos a tener desórdenes de conducta.
* 14 veces más propensos a cometer actos de precocidad y abuso sexual.
* 9 veces más propensos a abandonar los estudios.
* 10 veces más propensos a abusar de substancias químicas y drogas.
* 20 veces más propensos a acabar en prisión.