Stgo. 24 de noviembre del 2007
¡¡¡De terror!!!
Después de casi un año que no ha tenido ningún tipo
contacto con su hija de 9 años (gracias a su madre y a uno de sus tantos
convivientes) y sumado a esto las negligencias reiteradas de los
Tribunales de Familia, le han devuelto por un fallo tajante las visitas,
incluso con apremio a la madre si esta no cumple, sin embargo, ésta
"tremenda noticia" llena de ilusión y alegría, duró menos de
una semana, ya que increíblemente la madre junto a sus abogados
inescrupulosos, presentaron un escrito señalando que no puedo acercarse a
la casa donde vive su hija, ya que tiene una medida cautelar por una
segunda acusación totalmente falsa de Violencia intrafamiliar (primera
acusación fue ganada en el 30º Juzgado Civil el año 2003) por esta
mujer disfuncional, medida a la cual accedió voluntariamente ya que esto
se otorga automáticamente por no haber aceptado la salida alternativa que
ofrece el juzgado de garantía y que, en definitiva, es como reconocer que
tiene cierta participación en los hechos.
Cabe señalar que, por definición, violencia
intrafamiliar no ha existido nunca, ya que no quiso casarse con ella, no
vivieron juntos, ni menos convivieron bajo el mismo techo.
Lo más aterrador de este "thriller" es que
doña Cecilia Castro Hartard, Juez Suplente del Tercer Juzgado de
Familia de Santiago, amparándose en la medida cautelar y con el fin de
"evitar el conflicto entre las partes", suspendió con una
eficiencia absoluta el régimen de relación directa y regular que le
otorgaron, repito, después de casi un año!
¿Cómo un juez suplente en un par de días falla sobre
una causa que a la fecha lleva un año, pasando a llevar y revocando la
sentencia de otro juez que conoce la causa desde sus inicios?
La respuesta una sola; NEGLIGENCIA, ya que aparecen dos
temas importantes, el primero; es que la madre de su hija presentó parte
de la información a su conveniencia, ya que es efectivo lo de la medida
cautelar, sin embargo, en el audio de esa audiencia queda en manifiesto
que puede acercarse a la casa de ella cuando le correspondan las visitas y
este audio fue entregado al tercer tribunal de familia y escuchado cuando
le dieron las visitas, pero se lo ocultaron a la juez Cecilia Castro,
quien además no hizo ningún esfuerzo por investigar e informarse
adecuadamente para tomar una decisión asertiva, si no que simplemente se
amparo en lo emocional y no en lo racional, y dejando en manifiesto de la
clara intención de no querer hacer su trabajo como corresponde dado el
resultado de su sentencia, un giro en 180 grados en pocos días.
Segundo, si la jueza hubiera leído el avenimiento de
visitas que está legalizado ante notario y aprobado por el entonces 8°
juzgado de menores desde el 2005, se hubiera percatado de que en él ,
dice claramente que "pueden retirar a la menor del hogar materno el
papá de ésta o bien su padre (el abuelo paterno), en forma conjunta o
separada", el cual no posee ninguna medida cautelar, reconfirmando la
mala gestión y poco profesionalismo de tomar decisiones apuradas y
desmesuradas sin, a lo menos, leer el expediente, es decir , informarse,
ya que no estamos hablando de un terreno o un bien, si no de una niña,
una vida….. a la cual le ha vulnerado sus DERECHOS, como a muchos otros
niños, una madre que presenta claros rasgos patológicos y un tribunal
que no hace su trabajo y se impresiona por los comentarios emocionales de
una mujer que insisto no está en su sano juicio.
Posterior a esto, que es lo más paradojal que se ha
escuchado de un juez, es que por segunda vez, después de una pedir una
reposición al tribunal, señalando los hechos, la misma jueza Cecilia
Castro Hartard, nuevamente rechaza las visitas señalando que se
suspende las visitas mientras dure la medida de protección, lo que deja
en evidencia que no escuchó el audio del 4º Juzgado de Garantía…..
y aquí viene algo más increíble y es que la medida de protección
dura 60 días y vence el 25 de Noviembre de 2007!!! , es decir, un día
después de que esta jueza la rechazara por segunda vez las visitas!!!
Como si fuera poco esta jueza se da el lujo de de decir
que los episodios de violencia ocurren en presencia de la niña!!!!!! De dónde
saco eso?, seguramente la madre se lo dijo, es decir, actuó nuevamente en
forma emocional, ya que no hay pruebas!!! Y para terminar de hacer mal su
trabajo, señala que no se hicieron terapia!!!! , y como dice esto si las
consejeras y la juez de la causa tiene una carta del centro de terapia
donde no hay horas!!!!! Y que el padre presentó un certificado de una sicóloga
la cual señala que se está terapeando (por todo este desgaste emocional
de no ver a su hija) con ella en forma voluntaria dado que no había horas
en otros centros familiares, además las consejeras técnicas hacen dos
informes de su tribunal en que el padre debe tener una relación
directa y regular!!!
Si a todo esto le sumamos que el Sename se hizo
parte en una medida de protección presentada por el padre, ya que encontró
que la hija sufría abandono, manipulación, maltrato sicológico,
alineación parental en grado crítico contra su padre etc.…….
Saquen sus conclusiones, ¿no estará la madre de la
hija en complicidad con esta jueza??????????
Hoy 26 de Noviembre ya no existe esta mediada
cautelar!!!!!!
Es importante señalar que pese a los esfuerzos
enfermizos de la madre de la hija, es que hasta la fecha de hoy JAMAS han
podido descalificarlo como padre. Con esto queda en total manifiesto la
negligencia del juez y lo enfermizo de la madre por querer separar sin
ninguna razón realmente poderosa de su hija.
No hay razón alguna para no tener relación directo y
regular y la madre de la hija no quiere que el padre participe en el
bienestar, crecimiento y educación de su hija!!!
Sólo quiere el dinero que este mismo tribunal se lo
aumentó y fue tajante en decir que se le depositó los cinco primero días…
Y las visitas las dieron en julio de este año, pero no dijeron el día ni
la hora, es decir, hoy 26 de Noviembre del 2007 y desde enero del 2007
este padre todavía no ve, ni ha escuchado a su hija.
¿Hasta cuándo?