Derechos del Niño

A partir de la promulgación de la Convención de 1989 se ha ido adecuando la legislación interna a los principios contemplados en la Declaración. Aunque la legislación y el sistema jurídico de cada país suele ser diferente, casi la totalidad de los países han ido consagrando medidas especiales para su protección, a nivel legislativo e incluso derechos constitucionales. Entre los Derechos del niño tenemos:

1. Los niños tienen derecho al juego.
2. Los niños tienen derecho a la libertad de asociación y a compartir sus puntos de vista con otros.
3. Los niños tienen derecho a dar a conocer sus opiniones.
4. Todos los niños tienen derecho a una familia.
5. Los niños tienen derecho a la protección durante los conflictos armados.
6. Todos los niños tienen derecho a la libertad de conciencia.
7. Los niños tienen derecho a la protección contra el descuido o trato negligente.
8. Los niños tienen derecho a la protección contra el trabajo infantil.
9. Los niños tienen derecho a la información adecuada.
10. Los niños tienen derecho a la libertad de expresión.
11. Los niños tienen derecho a la protección contra la trata y el secuestro.
12. Los niños tienen derecho a conocer y disfrutar de nuestra cultura.
13. Los niños tienen derecho a la protección contra las minas terrestres
14. Los niños tienen derecho a la protección contra todas las formas de explotación.
15. Los niños tienen derecho a la intimidad sexual.
16. Los niños tienen derecho a ser protegidos contra la pornografía.
17. Los niños tienen derecho a crecer en una familia que les dé afecto y amor.
18. Todos los niños tienen derecho a un nombre y una nacionalidad.
19. Todos los niños tienen derecho a la alimentación y la nutrición.
20. Todos los niños tienen derecho a vivir en armonía.
21. Todos los niños tienen derecho a la diversión.
22. Todos los niños tienen derecho a la igualdad.

Un poco de historia

La idea de acoger los derechos del niño circuló en algunos medios intelectuales durante el siglo XIX. Un ejemplo de ello fue la referencia que hizo el escritor francés Jules Vallès en su obra El niño (1879), y más claramente la reflexión sobre los derechos del niño que realizó Kate D. Wiggin en Children’s Rights (1892).

En este ambiente receptivo, en las dos primeras décadas del siglo XX circularon varias declaraciones de los derechos del niño, a veces en forma literaria o bien como resoluciones de organizaciones científicas y pedagógicas.

La primera declaración de derechos del niño, de carácter sistemática, fue la Declaración de Ginebra de 1924, redactada por Eglantyne Jebb fundadora de la organización internacional Save the Children, que fue aprobada por la Sociedad de Naciones el 26 de diciembre de 1924.

Las Naciones Unidas aprobaron en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos que, implícitamente, incluía los derechos del niño, sin embargo, posteriormente se llegó al convencimiento que las particulares necesidades de los niños debían estar especialmente enunciadas y protegidas.

Por ello, la Asamblea General de la ONU, aprueba en 1959 una Declaración de los Derechos del Niño, que constaba de 10 principios, concretando para los niños los derechos contemplados en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Seis años antes había decidido que el Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para los niños (UNICEF) continuara sus labores como organismo especializado y permanente para la protección de la infancia (denominándolo oficialmente Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia).

A partir de 1979, con ocasión del Año Internacional del Niño, se comenzó a discutir una nueva declaración de derechos del niño, fundada en nuevos principios. A consecuencias de este debate, en 1989 se firmó en la ONU la Convención sobre los Derechos del Niño y dos protocolos facultativos que la desarrollan:

* Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía; Resolución A/RES/54/263 del 25 de mayo de 2000,entrada en vigor el 18 de enero de 2002.

* Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados; Resolución A/RES/54/263 del 25 de mayo de 2000, entrada en vigor el 12 de febrero de 2002.

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