CRÓNICA NACIONAL.– El debate por la seguridad digital de los menores tomó un nuevo e importante giro político y judicial en el Congreso. En la víspera de las celebraciones del Día del Niño, la agrupación Amor de Papá anunció la presentación de una detallada minuta técnica con ajustes legislativos dirigidos a la Comisión de Futuro y Tecnología de la Cámara de Diputadas y Diputados. Las propuestas ya fueron entregadas formalmente al diputado Diego Schalper, buscando su patrocinio para corregir un grave «punto ciego» en el proyecto de ley de «Protección Digital Infantil» (Boletín N° 18.246-18).
Desde la organización explican que la iniciativa busca frenar la adicción a las tecnologías, pero tal como está redactada, arriesga destruir el contacto digital de miles de niños con sus padres separados. Para Amor de Papá, el mejor regalo para los niños en su día es asegurar su derecho a mantener un vínculo sano, fluido y equitativo con ambos progenitores.
Un proyecto pensado para realidades que ya no existen
Aunque la agrupación comparte la legítima preocupación por los efectos nocivos de las pantallas en la infancia, advierten que el articulado de la ley fue construido bajo el supuesto implícito de una familia nuclear tradicional intacta.
«Hogares monoparentales o con cuidado compartido son la realidad de la gran mayoría de los niños en Chile. Legislar ignorando esto convierte un vacío de redacción en un peligroso problema operativo», alertan desde la agrupación. El texto actual habla de «sus padres» o de «padres y/o tutores», pero no define quién otorga la autorización cuando los progenitores viven separados.

Las 11 observaciones críticas entregadas al Congreso
La minuta técnica presentada al diputado Schalper detalla las siguientes observaciones al proyecto:
- Obstaculización de la relación directa y regular: La definición de «plataforma de transmisión en vivo» es tan amplia que prohíbe de forma absoluta a menores de 16 años el uso de herramientas de videollamada (como Zoom o WhatsApp), que son el medio habitual dictado por tribunales para que un niño vea al progenitor que vive lejos, en otra región o en el extranjero.
- Falta de reconocimiento a los medios digitales: El Código Civil chileno se redactó pensando solo en visitas presenciales, dejando el contacto digital desregulado y expuesto a la voluntad de quien administra el dispositivo.
- Indeterminación del sujeto autorizante: El uso del término «padres y/o tutores» traslada la responsabilidad legal a las plataformas tecnológicas (como TikTok o Instagram), que carecen de competencia para calificar la situación legal de una familia.
- Naturaleza dual de la autorización: Autorizar una cuenta digital es tanto un acto de crianza como un acto de representación legal (patria potestad), materias que muchas veces están radicadas en padres distintos en casos de separación.
- Ausencia de mecanismos de oposición o revocación: La ley actual no permite que el padre no custodio pueda oponerse ante la plataforma si el otro progenitor autoriza unilateralmente una cuenta para ganar el favor del menor.
- Consolidación del control fáctico unilateral: Al validar el uso de cuentas mediante el sistema operativo del teléfono, la ley da valor jurídico a una situación de control de quien configuró el celular, invisibilizando al otro padre.
- Riesgo de espionaje intrafamiliar: Las apps de control parental incluyen geolocalización y lectura de mensajes. Sin límites, un progenitor podría vigilar en tiempo real lo que hace el otro padre durante sus días de cuidado.
- Falta de reproche a la obstrucción digital: Bloquear digitalmente a un hijo produce el mismo daño que impedir una visita presencial, pero hoy no cuenta con una sanción específica en los tribunales de familia.
- Instrumentalización en litigios de familia: El incumplimiento de esta ley digital podría transformarse en una «herramienta de reproche» estandarizada para demandar cambios en el cuidado personal de los hijos.
- Ausencia de vía procesal expedita: El proyecto no fija un tribunal ni un procedimiento rápido para resolver los desacuerdos entre los padres respecto al acceso digital de sus hijos.
- Efecto ambivalente de la prohibición absoluta: Si bien prohibir el acceso bajo los 16 años saca la discusión del ámbito familiar conflictivo, tensiona el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos y el principio de autonomía progresiva.

Las 10 propuestas de ajuste legislativo
Para evitar que una buena ley multiplique los conflictos judiciales, los ajustes legislativos presentados plantean 10 enmiendas concretas:
- Garantizar el contacto digital: Excluir las videollamadas de las restricciones cuando sean para mantener el vínculo afectivo familiar.
- Reconocimiento legal: Que los tribunales regulen formalmente los horarios y medios digitales de comunicación en los regímenes de visitas.
- Validación parental dual: Que abrir cuentas en plataformas requiera la autorización de ambos padres.
- Mecanismo de oposición: Habilitar un canal rápido y gratuito en las plataformas para que un padre pueda revocar un permiso digital.
- Control compartido por diseño: Obligar a las redes sociales a crear paneles de control parental donde ambos padres accedan en igualdad de condiciones.
- Límites a la vigilancia: Prohibir el rastreo o lectura de mensajes mientras el niño está bajo el cuidado del otro progenitor.
- Sanción a la obstaculización: Equiparar el bloqueo digital injustificado de un hijo al incumplimiento del régimen de visitas presenciales.
- Vía judicial rápida: Crear un recurso expedito ante el Juez de Familia e incluir esta materia en la mediación previa obligatoria.
- Acuerdos de parentalidad: Permitir que las transacciones y acuerdos de separación incluyan desde el inicio reglas de uso tecnológico.
- Regla anti-instrumentalización: Impedir que el solo hecho de permitir el acceso a una plataforma sea usado en tribunales para quitar el cuidado personal de un hijo.

Con la recepción de estos antecedentes por parte del diputado Schalper, la agrupación espera que el Congreso enmiende el rumbo del proyecto durante su actual discusión en particular. El llamado en este Día del Niño es claro: proteger a la infancia en el entorno virtual es urgente, pero esa protección jamás debe costar el derecho de un hijo a comunicarse libremente con su papá o su mamá.
